Preguntas frecuentes

Respuestas concisas a preguntas comunes

Hemos agrupado las dudas más comunes para que tengas todo claro. Si necesitas más información o aún tienes preguntas, contáctanos y te ayudaremos encantados.

FAQ

Puede llamarnos al 91 9373 893 y nuestros agentes le indicarán la disponibilidad para realizar la visita al Complejo. El horario de atención al cliente es de lunes a jueves de 9:00 a 14h y de 16:00h a 19:00h y viernes de 8:00h a 15:00h.

También lo puede hacer a través de la página web, una vez que se haya registrado.

Si tras la visita (o sin necesidad de realizarla) quiere reservar una vivienda puede realizarlo bien a través de nuestros comerciales o de manera telemática a través de la página web aportando DNI o NIE

¡Sí! En MADNUM todas las mascotas son bienvenidas. Solo pedimos que se cumpla la Ley 4/2016, del 22 de julio, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid, que se respeten las normas de convivencia animal y que el propietario se responsabilice de las acciones de su mascota.

El Complejo cuenta con un sistema de aerotermia eléctrico, el cual se encarga de la producción de agua caliente, para los servicios de agua caliente sanitaria, y la climatización de la vivienda mediante un equipo de aire acondicionado frio/calor, eléctrico, con una unidad interior alojada en falso techo del baño y una unidad central exterior, alojada en la cubierta del edificio, el cual se encarga de proporcionar frio y calefacción a través de rejillas de distribución, colocadas en las estancias principales de la vivienda. Es por ello que, el suministro de agua caliente (o únicamente el consumo energético para su calentamiento), es proporcionado a través de un gestor energético, que individualizará los consumos por estos conceptos al arrendatario.

Madnum Living dispone tanto de viviendas amuebladas como sin amueblar.

Todas las cocinas están equipadas con horno, campana extractora, placa de Inducción, lavadora-secadora, lavavajillas y frigorífico.

Incluye la renta de vivienda, trastero, y garaje en su caso, gastos comunes e impuestos.

Los consumos por servicios y/o suministros privativos no están incluidos en la mensualidad.

En MADNUM Living, no solo encontrarás un lugar para vivir, sino una comunidad que impulsa a la interacción y al sentimiento de pertenecer a MADNUM, pudiendo disfrutar de un entorno donde poder conectar y prosperar en todos los espacios que ofrece la comunidad MADNUM, como la recogida de paquetes, la sala gourmet, la zona ajardinada, la zona para aparcamiento de bicicletas, la terraza Chill-out, la piscina, el gimnasio, el pet-spa y el área de Co-working.

  • Fianza según L.A.U: Importe equivalente a una mensualidad si la vivienda se entrega sin amueblar y dos mensualidades para viviendas amuebladas.
  • Obligatoria suscripción de seguro individual de la vivienda de responsabilidad civil y hogar.
  • Análisis de viabilidad y solvencia económica (scoring).

Los consumos por servicios y/o suministros con los que cuenta o pueda contar la finca arrendada como particulares o privativos de la misma, tales como agua, electricidad, teléfono y cualquier otro similar son por cuenta del arrendatario y no se incluyen en la mensualidad de alquiler.

Los costes de las altas de los mencionados suministros irán por cuenta y cargo del arrendatario y han de realizarse a la firma del contrato de arrendamiento.

Contamos con colaboraciones con empresas de servicio que harán más sencilla el alta de los mismos, en cualquier caso, siendo las compañías suministradoras las responsables de los plazos de gestión de alta de los suministros.

En Madnum Living apostamos por alquileres de larga duración LAU, por eso nuestros contratos están pensados para una duración inicial de 3 años.

El contrato de arrendamiento de vivienda se celebra al amparo de lo dispuesto en la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, modificada por la Ley 4/2013 de 5 de junio, y el Real Decreto-Ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler. En defecto de norma o pacto expreso, se regirán por lo previsto en el Código Civil.

De conformidad con el artículo 9 de la LAU, llegado el vencimiento del periodo inicial del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por otros cuatro plazos sucesivos de un año cada uno, salvo que la parte arrendataria manifieste a la parte arrendadora, como mínimo, con TREINTA DÍAS de antelación, a la fecha de terminación del periodo inicial del contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovarlo.

En caso de desistimiento de la parte arrendataria, deberá comunicarlo a la parte arrendadora con una antelación mínima de treinta (30) días naturales.

Si el desistimiento se produce con posterioridad al plazo de duración inicial del contrato (tres años), la parte arrendataria no pagará indemnización alguna.

Si el desistimiento se produce una vez hayan transcurrido seis (6) meses desde la entrada en vigor del contrato, la parte arrendataria indemnizará a la parte arrendadora con una cantidad equivalente a una mensualidad de la Renta en vigor, por cada año que falte por cumplir hasta la finalización del período inicial del contrato de arrendamiento.

La fianza en metálico a la que se refiere el artículo 36.1 de la vigente L.A.U., responderá del cumplimiento de las obligaciones que asume la parte arrendataria en virtud del contrato de alquiler. La fianza será liquidada a la finalización del contrato de arrendamiento previa comprobación del estado de la vivienda y del cumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, y en ningún caso podrá aplicarse por el arrendatario a mensualidades de renta no abonadas cuya obligación de pago el mismo ha asumido.

La parte arrendataria no podrá realizar obras, instalaciones ni mejoras de ningún tipo en la vivienda, salvo consentimiento por escrito por la parte arrendadora.

Especialmente, a título meramente enunciativo y no limitativo, se requerirá el consentimiento escrito de la parte arrendadora para:

a) la instalación de cualquier electrodoméstico, mueble o aparato de aire acondicionado adherido a la vivienda; y

b) realizar cualquier tipo de alteraciones en las paredes, azulejos y baldosas de toda la vivienda, estando específicamente prohibida la realización de cualquier tipo de taladro en los baños.

En todo caso, las obras así autorizadas serán de cuenta y cargo de la parte arrendataria, que asumirá asimismo cualesquiera gastos relativos a su uso y la reparación de cualquier desperfecto existente en las mismas durante la vigencia del presente Contrato.

Las obras autorizadas quedarán en beneficio de la finca, sin derecho a indemnización o reclamación, en momento alguno.

Todas las dudas serán resueltas por el equipo comercial a través del correo electrónico comercial@madnumliving.com

Una vez que se haya firmado el contrato de manera digital, se habilitará el calendario dónde podrá seleccionar la fecha y la hora de la entrega de llaves que será realizada por parte de uno de nuestros agentes dentro del Complejo MADNUM Living.

Con el fin de mantener una comunicación eficiente y fluida en nuestro residencial Madnum Living, hemos implementado un canal oficial de comunicación exclusivo para atender cualquier consulta, relacionada con su vivienda , tanto de incidencias administrativas como técnicas, Alkira App, la Aplicación del Inquilino, donde podrá realizar consultas directamente desde su móvil.